POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN
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POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN

Objetivo:

Esta política tiene como fin, evitar prácticas corruptas en cada una de las acciones relacionadas con la ejecución de nuestros servicios.

Alcance:

Esta política es aplicable a todas la áreas, colaboradores y socios de negocios de Grupo CICADEHP S.C.

Definiciones y Terminología

Para este glosario nos basamos en las definiciones que da la ISO 37001:2016

Soborno

Oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no financiera), directa o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de las obligaciones de esa persona.

Funcionario público

toda persona que ocupe un cargo legislativo, administrativo o judicial, por designación, elección o como sucesor, o cualquier persona que ejerza una función pública, incluso para un organismo o una empresa públicos, o cualquier funcionario o agente de una organización pública local o internacional, o cualquier candidato a un cargo público.

Socio de negocios

parte externa con la que la organización, tiene, o planifica establecer, algún tipo de relación comercial.  Incluye, pero no se limita a los clientes, consumidores, «alianza empresarial», socios de alianzas empresariales, miembros de un consorcio, proveedores externos, contratistas, consultores, subcontratistas, proveedores, vendedores, asesores, agentes, distribuidores, representantes, intermediarios e inversores.

Conflicto de Interés

Situación donde los intereses de negocios, financieros, familiares, políticos o personales podrían interferir con el juicio de valor del personal, en el desempeño de sus obligaciones hacia la organización.

Cortesías

Por cortesía se entiende de manera enunciativa, más no limitativa: regalos, favores, obsequios, artículos promocionales, alimentos, prestamos, servicios, viajes, boletos para eventos de entretenimiento, entre otros y relacionados con la promoción y venta de servicios de la empresa.

 

Política

Esta política prohíbe cualquier acción de corrupción por colaboradores y socios de negocio de la empresa que llevan a cabo servicios para y a nombre de Grupo CICADEHP, S.C.

  1. Los colaboradores, consultores asociados y proveedores de Grupo CICADEHP, S.C., tienen prohibido dar, prometer u ofrecer directa o indirectamente sobornos a cualquier funcionario o servidor público. Asimismo, tienen prohibido solicitar, sugerir o recibir sobornos de cualquier persona relacionada con las actividades del objeto social de la empresa.
  2. Todo gasto realizado a nombre de Grupo CICADEHP, S.C. debe estar relacionado con las actividades propias de su objeto social y los contratos de servicios profesionales celebrados, cumpliendo con los requisitos fiscales y legales aplicables en materia de; impuestos, derechos, multas y recargos, única y exclusivamente.
  3. Todo pago por concepto de donativo, impuestos, derechos, multas y recargos, que se realice a nombre y representación de cualquier socio de negocio, deberá contar con autorización por escrito de las personas facultadas para ello, de acuerdo con los lineamientos generales de operación y la obligación del colaborador de Grupo CICADEHP, S.C. es solicitar la autorización de su jefe inmediato y cumplir con los requisitos fiscales y legales aplicables en la materia de que se trate.
  4. Queda estrictamente prohibido a todos los colaboradores realizar cualquier intención de influenciar, comprometer o realizar pago alguno para lograr un propósito no ético.
  5. Los donativos y pago de derechos en materia de protección civil, a nombre y representación de los Clientes, deben estar legalmente justificados y fiscalmente comprobados.
  6. Queda prohibido a cualquier colaborador de Grupo CICADEHP, S.C. independientemente del puesto o nivel jerárquico, recibir cualquier fondo, activo, comisión o cualquier tipo de pago, ya sea en efectivo, transferencia o en especie, que pueda influenciar en una decisión comercial o trámite gubernamental y sin ninguna justificación o comprobante legal.
  7. Todo colaborador está obligado a cumplir y hacer cumplir esta política a socios de negocio, relacionados con la ejecución de sus actividades, además de garantizar la relación formal de trabajo mediante contrato y el cumplimiento de requisitos como proveedor de la empresa.

 

Red Flags

  1. Conceptos que impiden iniciar o continuar una relación comercial:
    • a) Tiene reputación de pagar sobornos a las autoridades.
    • b) Es una empresa controlada al 100% por un servidor o funcionario público.
    • c) Realiza pagos/ apoyos a partidos políticos o funcionarios de Gobierno.
    • d) Emplea servidores públicos activos.
    • e) Tiene relación o vínculo familiar con funcionarios públicos que lleven a cabo operaciones fraudulentas.
    • f) Solicita pagos en efectivo.
    • g) Solicita pagos a través de un tercero, sin relación con la empresa.
    • h) Solicita pagos en otro país.
    • i) Sus servicios tienen precios mucho más altos que el mercado.
    • j) No tiene la capacidad para dar el servicio prometido.
    • k) Fue recomendado por un funcionario público.
    • l) Se niega a la posibilidad de auditarle.
    • m) Tiene antecedentes de incidentes previos de incumplimiento o corrupción.
    • n) Realiza pagos o comisiones para cerrar una transacción.
    • o) Realiza trámites y gestiones con cédulas o títulos profesionales de otras personas.
    • p) Se niega a proporcionar documentación de gastos o detalles de facturas relacionadas con el servicio.
    • q) Se niega a cumplir con este tipo de políticas.
  2. Todo socio de negocio de Grupo CICADEHP, S.C. deberá certificar por escrito, su adhesión a esta política.
  3. Todo integrante de Grupo CICADEHP, S.C., o socio de negocio tiene la obligación de actuar con honestidad y ética, procurando siempre la protección de los intereses de la empresa. Por lo que todos y cada uno de nosotros, debemos evitar situaciones que pudieran significar un conflicto entre intereses personales y los de la empresa.

Conflicto de Interés

  1. Situaciones que pueden generar un conflicto de interés y deben evitarse:
    • a) Ser partícipe de cualquier negocio o actividad que directa o indirectamente, compita o interfiera con actividades propias de Grupo CICADEHP, S.C.
    • b) Tomar provecho de nuestro nivel de influencia o puesto dentro de la empresa para obtener beneficios personales, incluyendo a miembros de nuestra familia o terceras personas.
    • c) Recibir ingresos y/o beneficios económicos o en especie de socios de negocio.
  2. Todo integrante de Grupo CICADEHP, S.C. deberá cumplir con todas las leyes aplicables, estatutarias, regulatorias y códigos particularmente los relacionados con la legislación de anticorrupción y soborno.
  3. Todo integrante de Grupo CICADEHP, S.C., proveedor o consultor asociado deberá acreditar que ha revisado y comprendido esta política y ha recibido capacitación al respecto.

Cortesías

  1. Son considerados artículos promocionales de Grupo CICADEHP, S.C. los siguientes:
    • a) Plumas con logo y marca de la empresa.
    • b) Calendarios de la asociación de pintores con la boca y con el pie (APBP)
  2. Los colaboradores de Grupo CICADEHP S.C. tienen prohibido solicitar obsequios, entretenimiento, viajes o gratificaciones para uso personal o comercial por parte de socios de negocio. Tampoco tienen permitido recibir regalos de un monto mayor a $1,000.00.  Cualquier duda al respecto por parte de quien recibe, puede dirigir sus dudas al Comité de Ética.

Buzón de denuncias

  1. En caso de conocimiento de la violación a esta política deberá enviar su denuncia a la siguiente dirección: buzondedenuncias@cicadehp.com, para su atención por el comité de ética de la empresa, órgano encargado de vigilar.

Sanciones

  1. Los integrantes del Gobierno Corporativo están obligados a cumplir y hacer cumplir esta política, así mismo se comprometen a evitar cualquier acto de corrupción y en caso de incumplimiento, serán sancionados de acuerdo con los estatutos de la empresa.
  2. El incumplimiento a esta política será sancionado conforme al Reglamento Interior de Trabajo, Ley Federal del Trabajo, Código Penal y demás leyes y reglamentos aplicables.

Fecha de última actualización: 01/12/2021