REPSE
Cumplimiento Laboral de las empresas prestadoras de servicios especializados.
En el pasado abril 2021, se reformó la LFT donde se prohíbe la subcontratación de personal, actualmente sólo se permite; la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas poniendo a disposición de otros a los trabajadores, siempre y cuando, éstos no realicen actividades que forman parte del objeto social y actividades económicas preponderantes de la empresa.
Para ello, las empresas que presten servicios especializados o de ejecución de obras especializadas deberá:
- Formalizarse mediante contrato por escrito
- Registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, REPSE
- Para obtener el registro deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social