Puntos relevantes de Subcontratación de la nueva reforma
- Eje central.
1.- Se prohíbe la subcontratación de personal, entendiéndose esta cuando una persona física o moral proporciona o ponga a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
- Se permite
2.- La subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, sin que esta sea permanente.
- Excepción a grupo
3.- Los servicios u obras prestadas entre las empresas de un mismo grupo serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni la actividad preponderante de la empresa que los reciba.
- Responsabilidad compartida
4.- El beneficiario del servicio será responsable solidario, cuando el prestador de Servicios Especializados incumpla con sus obligaciones patronales.
- Registro oficial
5.- Los prestadores de Servicios Especializados deberán estar al corriente de sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social y acreditar el carácter especializado del servicio como requisitos para obtener la autorización de la STPS. Esta autorización deberá de ser renovada cada tres años.
- Multa
6.- Será sujeto de multa a quien preste un servicio de subcontratación o presente Servicios Especializados sin contar con la autorización correspondiente, así como al beneficiario del servicio. La multa será de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
- Comunicación Interinstitucional
7.- El Infonavit y la STPS podrán realizar intercambio de información con la intención de verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas.
- Agencias o intermediarios
8.- Las agencias de empleo podrán participar sólo en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación de personal, estas no se considerarán patrones ya que este carácter lo tiene quien se beneficia de los servicios
- Informes periódicos
9.- Las empresas de subcontratación tendrán que entregar cada cuatro meses un informe al Infonavit con los datos de los contratos celebrados con otras empresas, la información de los trabajadores y la determinación del salario base. Como día límite los 17 de los meses de enero, mayo y septiembre.
- PTU
10.- El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de PTU, se ajustará a las normas siguientes:
El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.
- Estímulos fiscales
11.- Sólo podrán ser deducibles o acreditables los pagos de subcontratación de servicios u obras que no formen parte de la razón social o actividad preponderante de una empresa.