Actualización de la Tabla de Enfermedades de Trabajo.
El pasado 4 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo”, el cual corresponde a la actualización de las Tablas de Enfermedades de Trabajo y la de Valuación de Incapacidades Permanentes, incorporando 88 nuevas afecciones a las 161 existentes quedando en un total de 194.
Se reforman los artículos 513, en su párrafo y la Tabla de Enfermedades de Trabajo; 514, y 515, y se adicionan los párrafos segundo y tercero y la Tabla para la Valuación de Incapacidades Permanentes Resultantes de los Riesgos de Trabajo al artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 513.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social actualizará simultáneamente las Tablas de Enfermedades de Trabajo, para la Valuación de Incapacidades Permanentes Resultantes de los Riesgos de Trabajo y el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo, los cuales son de observancia general en todo el territorio nacional.
En esta actualización, las adiciones más notables son el Covid-19, enfermedades psicosociales como el estrés grave y trastornos de ansiedad, además de enfermedades específicas de la mujer como la pérdida del embarazo y la endometriosis.
También se amplió el espectro de cánceres de origen laboral y las enfermedades por intoxicaciones.
La actual Tabla de Enfermedades de Trabajo está conformada por los siguientes grupos:
El decreto entró en vigor el 05 de diciembre del 2023, y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en un plazo de 45 días hábiles, publicará el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo en el DOF.
Santiago de Querétaro a 06 de diciembre del 2023.
Por Elia Emelina Melo Zúñiga.
Asesor Comercial Regional de Grupo CICADEHP
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Reforma enfermedades y tablas de los porcentajes por lesiones o perdidas en el Trabajo.pdf
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