Mira lo que se debe hacer
Se prohíbe la subcontratación de personal.
Outsourcing e Insourcing.
Únicamente se permite la subcontratación de servicios o ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la empresa.
Art. 13 LFT
Los Servicios u Obras Especializadas son aquellos que reúnen elementos o factores distintivos de la actividad que desempeña la contratista, que se encuentran sustentados, entre otros, en la capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio y experiencia, los cuales aportan valor agregado a la beneficiaria.
Las personas físicas y morales que presten servicios especializados deberán de registrarse ante la STPS estableciendo con precisión el servicio que desean brindar o la obra a ejecutar, obteniendo un número de folio de seguimiento.
Art.15 LFT
Al obtener el registro, la STPS instrumentará acciones de vigilancia permanente para asegurar que la prestadora de servicios no realice labores propias del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.
El registro se deberá de renovar cada 3 años
Una vez publicadas las disposiciones generales se tiene del 24 de Mayo al 24 de Agosto 2021 para realizar el registro correspondiente.
Deberán registrarse en: http://repse.stps.gob.mx Acreditando la información requerida por la STPS.
Una vez requisitada la información, el sistema lanzará un folio seguimiento y la STPS tendrá 20 días para emitir el aviso de registro correspondiente, asentado con un folio cada servicio u obra registrada.
NEGATIVA Y CANCELACIÓN
La STPS podrá negar o cancelar el registro cuando se presente alguna inconsistencia en la información o incumplimiento a las disposiciones publicadas.
Las personas físicas o morales que obtengan el registro están obligadas a identificar plenamente a sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores.
En los contratos celebrados con las empresas contratantes se deberá incluir el registro y folio de la actividad u obra especializada vigente de dichas empresas.
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