- INTRODUCCIÒN: De acuerdo con información proporcionada por el portal Expok en México, de cada 10 personas con discapacidad solo tres tienen empleo y el 1% cuenta con un contrato que considera las prestaciones de ley. Del total de la población con discapacidad el el 46.5% son hombres y el 53.5% son mujeres, que a su vez enfrentan un doble problema de discriminación por su condicion de genero. A fin de garantizar igualdad laboral y fomentar una cultura incluyente y de no discriminación, el pasado 30 de junio del año en curso la STPS publico en el DOF l(Diario Oficial de la Federación) a Norma Oficial Mexicana NOM-034-STPS-2016- Condiciones de Seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo, dicha norma entro en vigor 18 de septiembre de 2018. Esta Norma establece las Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo.
- OBJETIVO: De acuerdo con el DOF es: Establecer las condiciones de seguridad para proteger la integridad física y salud de los trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo, así como para el acceso y desarrollo de sus actividades.
- OBLIGACIONES:
PATRÓN |
Realizar un análisis para la determinación de la compatibilidad del puesto de trabajo con la discapacidad que presenta el trabajador. |
Si el centro de trabajo cuenta con más de 50 trabajadores, las instalaciones deberán permitir la accesibilidad de los trabajadores con discapacidad; es decir deberán facilitar y/o permitir el libre desplazamiento para librar entre otros: desniveles, accesos, manipulación de objetos y controles. |
Una vez determinadas las acciones preventivas y correctivas que se deben implementar en el centro de trabajo se deberán anexar por escrito dentro del programa se seguridad y salud en el trabajo que se refiere la NOM-030, lo anterior para prevenir los riesgos a los trabajadores con discapacidad.
Algunas acciones a considerar para cada puesto o lugar de trabajo:
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Contar con las señalizaciones correspondientes para el adecuado desplazamiento y acciones a seguir en caso de emergencia para los trabajadores con discapacidad. |
Contar con un Plan de Atención a Emergencias, en los que se considere a los trabajadores con discapacidad. |
Proporcionar capacitación para trabajadores con discapacidad. |
TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD |
Participar en el análisis de determinación de compatibilidad con su puesto de trabajo y actuación. |
Atender las acciones preventivas y correctivas establecidas en el Programa de Seguridad y Salud en el trabajo. |
Participar en la capacitación, adiestramiento, eventos de información y plan de atención a emergencias que proporcione el patrón. |
Informar al patrón de cualquier cambio que perciba en sus capacidades y/o su discapacidad |
- REQUERIMIENTOS FÍSICOS
- Señalización visual, auditiva y/o táctil que permita el desplazamiento, la estancia y las acciones a seguir en caso de emergencia de los trabajadores con discapacidad en el centro de trabajo y
- Contar dentro del centro de trabajo con espacios que faciliten la circulación de trabajadores de acuerdo a su discapacidad.
- RECOMENDACIONES Revisar las NOM´S 026 y 030 de la STPS (Secretaría de Trabajo y Previsión Social) para una mejor interpretación de la información antes descrita. Otros instrumentos de apoyo que fomentan la igualdad laboral y una cultura incluyente es la norma de referencia “Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación” Al patrón que incumpla con las normas de seguridad e higiene y las de prevención de riesgos laborales, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 994, prevé sanciones que van de 250 a 5 mil veces el salario mínimo, lo equivalente a aproximadamente $18,260.00 pesos hasta los $365,200.00 pesos.
Bibliografía: NOM-034-STPS-2016.(2016). Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajo con discapacidad en los centros de trabajo (PDF file). Recuperado de dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5445287&fecha=20/07/2016.
https://www.gob.mx/inmujeres/articulos/cultura-incluyente-y-sin-discriminacion?idiom=es
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