Te explicaremos cuáles son las comisiones que se deben integrar en tu empresa; así como las principales funciones según lo señalado en la LFT en su artículo 132, fracción 8.
Algo importante que destacar antes de explicar los tipos de comisiones que existen, es que “El Patrón” tiene la obligación de participar en la integración y funcionamiento de las comisiones que deberán formarse en cada centro de trabajo según lo establecido por la ley.
A continuación, te presentamos cada una de las comisiones que deben estar integradas en la empresa:
Comisión de Seguridad e Higiene:
Esta comisión solo es obligatoria para aquellas empresas que sean dueñas de las instalaciones o que cuenten con un contrato de arrendamiento o comodato que obligue a ser responsables de garantizar que las instalaciones de los centros de trabajo sean seguras para los trabajadores.
Se compondrá por el mismo número de representantes de los trabajadores y del patrón, cuando se tenga menos de 15 trabajadores estará compuesta por un representante del patrón y un representante de los trabajadores, y cuando se tenga más de 15 deberá constituirse por un mínimo de 2 representantes de cada parte. Esta comisión será la encargada de investigar las causas de los accidentes, las enfermedades de trabajo y proponer medidas de prevención, así como de vigilar su cumplimiento.
Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento
Esta comisión sólo es obligatoria para aquellas empresas que cuenten con más de 50 trabajadores. Se integrará de manera bipartita y paritaria, es decir, mismo número de representantes por parte de la empresa y los trabajadores, la cual será la encargada de vigilar, instrumentar, operar, mejorar los sistemas y programas de capacitación y adiestramiento, así como acciones tendientes a incrementar la productividad.
Comisión Mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas
La comisión será integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón. Esta se integrará a partir del segundo año de funcionamiento en las empresas de nueva creación y aquellas empresas de nueva creación dedicadas a elaborar un producto nuevo en los primeros dos años no tendrán la obligación de dar utilidades, así como las empresas extractivas durante su periodo de exploración.
La comisión formulará el proyecto que determine la cantidad que le corresponde al trabajador y lo fijara en un lugar visible.
Comisión Mixta para la Elaboración del Cuadro General de Antigüedades
Esta comisión deberá integrarse en cada empresa o establecimiento con representantes de los trabajadores y del patrón, quienes deberán formular el cuadro general de antigüedades de acuerdo con la categoría de cada profesión y oficio, el cual deberán de publicar para conocimiento de los trabajadores.
Comisión Mixta para la Elaboración del Reglamento Interior de Trabajo
Deberá integrarse de manera obligatoria en cada empresa o establecimiento. La comisión se integrará de representantes del patrón y de los trabajadores. Dicha comisión será la encargada de realizar el proyecto de RIT que contendrá las disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo del trabajo y aprobarlo.
¡Ahora ya sabes que comisiones deberás de integrar en tú empresa, para que la STPS NO te sorprenda!
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